RETO MÓDULO 3

 

Permiso de lactancia

1.         Presentación

El permiso de lactancia viene regulado en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Aquí se especifica quién lo puede disfrutar y la duración del permiso:

En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de acuerdo con el artículo 45.1.d), las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.

Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas

Y continúa especificando las condiciones del disfrute de dicho permiso.

La reducción de jornada contemplada en este apartado constituye un derecho individual de las personas trabajadoras sin que pueda transferirse su ejercicio a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora. No obstante, si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.

Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses.”

Este permiso se hizo efectivo a nivel nacional gracias a la entrada en vigor del RDL 2/2024. Hay que señalar que el disfrute de este permiso favorece la igualdad entre los progenitores.

2.       Análisis

El derecho y disfrute de esta política de igualdad reflejado en el permiso de lactancia hace que los dos progenitores tengan las mismas oportunidades de cuidar al recién nacido y no sea solo la madre la que se tenga que hacer cargo.

Uno puede pensar que este podría ser un permiso que solo le correspondiese a la madre, por darle el pecho a su hijo o hija, pero para lograr una igualdad efectiva y real hace falta que el permiso sea de disfrute para ambos progenitores. Asimismo, es posible que el lactante sea alimentado con leche de fórmula, trabajo que debe ser compartido entre los padres.

Los recursos económicos en el disfrute de este permiso, como se puede leer en el texto legislado, no hacen diferencias entre mujeres y hombres, sino que habla de personas trabajadoras. Además, está exento de retención de IRPF como el permiso por nacimiento y cuidado del menor (antes llamado permiso de maternidad o paternidad).

  Impacto y resultados

No he encontrado datos relativos al impacto y resultados de este permiso. Por lo que narraré mi experiencia.

Este año disfruté del permiso de lactancia. Como trabajador estatal tuve la posibilidad de acumularlo en jornadas completas, unos 28 días, que a la finalización del permiso por nacimiento solicité el permiso de lactancia. La verdad que nos vino muy bien tener casi un mes más para poder estar con la niña. La alimentamos a biberón para poder repartirnos el trabajo y que fuese más llevadero para mi mujer.

Creo que es una política que favorece la igualdad. Mucha gente me ha preguntado si a mí, como padre, me correspondía este permiso, dando a entender que solo le puede corresponder a la madre, y orgulloso contestaba que sí, que también me corresponde. Además, la no retención del IRPF es de gran ayuda, ya que un recién nacido es una persona más en el hogar, con sus gastos, que nunca son pocos, pero que por fortuna se hacen más llevaderos con esta exención.

4.       Puntos fuertes y debilidades

Los puntos fuertes de esta política, como ya he dicho más arriba, es el favorecimiento de la igualdad y el reparto de las responsabilidades del cuidado del recién nacido. También se puede destacar la flexibilidad del permiso, pudiéndolo coger de dos formas diferentes. Cabría mencionar que al ser un derecho individual e intransferible se asegura que ambos progenitores puedan disfrutar del permiso si lo desean, promoviendo la equidad en el cuidado del lactante.

Puntos débiles, la verdad, es que no encuentro. ¿Podría durar más?, sí. Pero creo que el permiso al que hay que aumentar la duración es principalmente al permiso de nacimiento, ya que los padres y madres hacemos malabares para dejar lo más tarde posible al bebé en la guardería.

 

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